El precio final que un distribuidor aplica a las farmacias en cada compra viene determinado por un gran número de factores, en muchos casos consecuencia de criterios establecidos por disposiciones legales y, en otros tantos, por el propio mayorista. Precios de medicamentos y parafarmacia El precio de la parafarmacia (todo lo que no es medicamento) Precios de medicamentos El precio de los medicamentos está fijado por Ley El laboratorio solicita y el Ministerio le autoriza el PVL, que es el “precio de coste” sobre el que se calculan los márgenes de los distribuidores y las farmacias. Se calcula el PVP, de modo que: - El margen de la farmacia sea un 27,9 % del PVP sin IVA. Al restar ese 27,9 % se obtiene el precio máximo al que compra la farmacia, que se conoce habitualmente en el sector como PVF. - El margen del distribuidor sea un 7,6 % del precio teórico de la farmacia, el PVF. - El precio al que una farmacia puede comprar o un distribuidor puede vender oscila entre un mínimo del PVL y un máximo del PVF. Precios de medicamentos Precios de medicamentos y parafarmacia Precios de medicamentos y parafarmacia El precio de los artículos de parafarmacia es libre El laboratorio elabora una tarifa de precios, que es el “precio de coste” sobre el que puede aplicar descuentos o bonificaciones a los distribuidores y/o a las farmacias. - El margen de la farmacia sobre el PVP será el que cada una quiera obtener - El margen del distribuidor es libre, por lo que no existe un precio teórico de la farmacia, no hay PVF. Si el distribuidor lo utiliza, lo hace fijándolo a su criterio, añadiendo al PVL el porcentaje que quiera. - El precio al que una farmacia puede comprar o un distribuidor puede vender oscila entre el precio de tarifa del laboratorio y un máximo que establece cada distribuidor. Los distribuidores pueden aplicar su margen a las farmacias de dos formas: Partiendo de su precio máximo fijado discrecionalmente por él, y que debemos conocer para cada artículo, reducido en un porcentaje, que llamaremos DESCUENTO DEL DISTRIBUIDOR. Partiendo de su precio mínimo al que añade un porcentaje, conocido como RECARGO o CARGO COOPERATIVO. El precio de la parafarmacia (todo lo que no es medicamento)